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Expedición de pólizas minero ambientales para cada etapa del proyecto
29/05/2019

La Agencia Nacional de Minería (ANM) informa a los titulares mineros, gremio asegurador y comunidad en general, que en virtud de la reciente reglamentación mediante la cual se buscó flexibilizar el plazo de las pólizas de cumplimiento para las concesiones mineras, a través de la figura de la divisibilidad, estas garantías deben tomarse para cada etapa contractual, de manera independiente, dentro de cada proyecto. Es decir, cada fase -bien sea exploración, construcción y montaje así como explotación- tendrá su propia póliza durante el tiempo que dure cada una de ellas. En caso de prórroga en su ejecución, el titular deberá extender la vigencia de cada póliza.

Adicionalmente se establece que no se podrá terminar de forma unilateral el contrato de seguro por falta del pago de prima, así como el procedimiento para hacer efectivas las garantías mineras, generando reglas claras para los titulares, las compañías de seguros y la ANM en cuento a las garantías exigidas por la Ley.

Estas condiciones se dan al amparo de la Resolución 338 del 30 de mayo de 2014 (puede consultarse en www.anm.gov.co ) en respuesta a las dificultades que venían enfrentando algunos titulares mineros para lograr la cobertura para sus proyectos vía póliza de seguro.

La normativa minera establece el mandato para que los titulares constituyan una póliza de garantía que ampare el cumplimiento de las obligaciones mineras y ambientales, el pago de las multas y caducidad. Se establece la vigencia de la garantía por el término del contrato, sus prorrogas y por tres años más.
Hasta hace poco, las aseguradoras expedían las garantías para los contratos mineros, sin importar las contingencias que presentaran los proyectos a lo largo de su ejecución. Sin embargo, ante la dificultad para garantizar dicha protección, la ANM lideró una serie de reuniones y mesas de trabajo con las empresas aseguradoras (representadas en Fasecolda) y los diferentes sectores mineros, con el propósito de encontrar las mejores alternativas y garantizar la protección a lo largo de los proyectos mineros de manera clara y efectiva, como se refleja hoy en la mencionada reglamentación.

Consulte aquí la Resolución 0338 de 2014.

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